Slut-Shaming: Estigmatización de la sexualidad de las mujeres

“Eva, la mujer pecadora, la mujer que se comió la manzana,
la mujer que indujo todos los pecados”

El origen del Slut-Shaming se remonta al concepto judío-cristiano que implicaba que la mujer sensual y malvada no podía mostrar su cuerpo porque eso era pecado. (Cordón, 2017). Toda esa creencia se ha transmitido por siglos hasta hoy, donde se sigue sexualizando a las mujeres solamente por mostrar su cuerpo de manera consensuada y regulada.

Por años se nos ha transmitido la idea de que las “mujeres de bien” no debemos decir groserías, ni vestirnos con escotes o faldas cortas y, por supuesto, evitar tener relaciones sexuales antes de haber contraído matrimonio. Psicólogos han comprobado que muchas de las mujeres que no cumplen con las “reglas” anteriores crecen con culpa y con un rechazo enorme hacia ellas y su cuerpo, también con lo que esté relacionado con su sexualidad. (Cordón, 2017).

Esa práctica de criticar a mujeres y niñas adolescentes por su conducta, forma de vestir y deseo sexual, los cuales no son aceptados por la sociedad, es lo que se denomina slut-shaming. (Cordón, 2017). Es decir, normalizar la discriminación y atacar a la libertad sexual de mujeres que pueden tener una vida sexual activa o que, en ocasiones, ni siquiera la tienen, pero se les clasifica como “fáciles” o “promiscuas” por alguna actitud que al resto no le pareció apropiada para ser una “mujer correcta” en el marco del estilo estereotipado de lo que significa ser una mujer correcta.

Para muchos, puede ser sólo una forma de expresión; sin embargo, esta práctica ha tomado otro rumbo con el auge de las redes sociales, siendo la forma de acoso más común entre estudiantes, incluso ha cobrado vidas de mujeres, que no soportaron la presión de ser víctimas de esta práctica.

Esto, porque las redes sociales se han transformado en el mejor refugio de quienes buscan degradar a las mujeres, muchas veces en el anonimato que permiten estas plataformas. (Cuellar y Chaher, 2020).

«Afortunadamente somos más las mujeres que intentamos eliminar de nuestras cabezas esas ideas misóginas y machistas con las que crecimos, que naturalizaban el insultar a otra mujer o quitarnos valor por el hecho de disfrutar nuestra sexualidad como mejor nos plazca»

A través de ellas, los jóvenes suelen compartir chats, imágenes o videos explícitos de adolescentes sin su consentimiento, en los que las avergüenzan por los mensajes que intercambiaron, la forma de vestir o comportarse de estas chicas, que son juzgadas en base a lo que una persona decide representar de ellas. (Baciero, 2020).

Es un tema muy delicado y, por desgracia, una realidad que, a pesar del empoderamiento de las mujeres y el avance en sus derechos, continúa siendo usual juzgarlas por tener una vida sexual activa sin estar casadas, haber tenido más de una pareja sexual, vestirse o moverse de cierta manera e incluso, por ser víctimas de violación aludiendo a que “se lo buscan” por su ropa o haber bebido alcohol o ingerido cualquier tipo de drogas.

asertividad

Fuente de las fotos: Petición Change.org 

Un ejemplo claro de este tipo de abuso que conmocionó a Chile es el caso de Katy Winter, la joven alumna del colegio Nido de Águilas, que se suicidó al ser acosada cibernéticamente por personas que la trataban de “perra” a través de un sitio web en el que los alumnos del establecimiento. al que pertenecía la joven, mantenían conversaciones destructivas de su identidad digital. (Sosman, 2018).

En este tipo de violencia de género es complicado dar una respuesta genérica que pueda terminar por completo con la problemática, pues por desgracia ‘tildar de prostituta’ a alguien es algo que incluso algunas mujeres u hombres lo hacen hasta inconscientemente.

Sin embargo, lo primero para combatir esta práctica sería nunca sumarse al ataque contra otra mujer y defenderla cuando se encuentra en medio de una situación en la que esté siendo juzgada por otras personas por su forma de vestir, de comportarse o su sexualidad.

Aún en la actualidad, a pesar de algunos avances en materia de concepciones sociales, seguimos siendo juzgadas mientras no ocurre lo mismo con los hombres, que lejos de ser criticados por su vida sexual o tener un gran número de parejas incluso al mismo tiempo, son vitoreados. Cabe aquí preguntarse; ¿Hay doble moral? La respuesta es sí, ya que la sexualidad femenina debe ser controlada y limitada y la masculina se considera natural y aceptable. La desigualdad en la percepción y el juicio de la sexualidad perpetúa la discriminación de género.

Esto es propio de las culturas basadas en una estructura patriarcal, en que la mujer ha sido vista históricamente como el objeto pasivo en las relaciones sexuales y su deseo poco importaba. (Jane, 2016). Es por eso, que todas aquellas mujeres que han manifestado sus deseos sin reprimirse o bien se han dedicado a la prostitución, han sido consideradas impuras o indignas de respeto siendo humilladas e excluidas socialmente por ello.

La mejor superación ante una situación de slut-shaming, es empoderar a las mujeres y a todas las personas para que tomen decisiones informadas y saludables sobre su vida sexual, siendo imperiosa, en este proceso la educación sexual integral y accesible desde una perspectiva de género. Esto se puede resumir diciendo que buscamos prevenir conductas discriminatorias para construir relaciones más igualitarias.

Afortunadamente somos más las mujeres que intentamos eliminar de nuestras cabezas esas ideas misóginas y machistas con las que crecimos, que naturalizaban el insultar a otra mujer o quitarnos valor por el hecho de disfrutar nuestra sexualidad como mejor nos plazca.

Es necesario seguir luchando para erradicar la estigmatización social por vulnerar las expectativas tradicionales sobre comportamientos sexuales, sin abandonar la revolución aunque ello muchas veces implique que los contrarrevolucionarios ahonden en la violencia de género.

El desafío es claro y preciso; desarticular los estereotipos de género que contribuyen a esta práctica y educar a nuestra comunidad sobre la importancia de la igualdad y el consentimiento en las relaciones sexuales, fomentando el respeto y la empatía hacia todas las personas, sin importar su género o preferencias sexuales.

BIBLIOGRAFÍA

Baciero, A. (2020). ¿Cómo clasificar las diferentes violencias machistas online? Pendata: Barcelona.

Cordón, Alvarez, E. (2017). Las mujeres y la religión cristiana. Universidad de Valladolid. Facultado de Filosofía y Letras: Valladolid. Disponible en: Microsoft Word – TFG VERSION DEFINITIVA ELVIRA ALVAREZ CORDON (uva.es) Acceso: 15/02/2024. .

Cuellar, L y Chaher, S. (2020). Ser periodista en Twitter. Violencia de género digital en América Latina. Fundación Sentiido, Comunicación para la Igualdad Ediciones: UNESCO.

Jane, E. (2016). Online Misogyny and Feminist Digilantism. En Continuum. Journal of Media & Cultural Studies, Vol. 30 (3), 284-297.

Sosman, G. (2018). El caso de Katherine Winter, suicidio social. U.D.P. Facultad de Psicología. Disponible en: “El caso de Katherine Winter, suicidio social” – Columna de Guila Sosman – Facultad de Psicología UDP. Acceso: 18/02/2024.

 

Karina Chávez

Abogada egresada de la Universidad de Buenos Aires, Argentina. Especialista en Derecho Penal de la Universidad de Salamanca (USAL).

Especialista en Investigación Científica del Delito – Facultad de Ciencias de la Criminalística/Instituto Universitario de la Policía Federal de Argentina (PFA).

Diplomada en Derecho Penal y Procesal Penal, Desafíos del Nuevo Código Procesal Penal – UFLO (Argentina), Diplomada en Investigación Criminal de la Universidad Bicentenaria de Ecuador (UBE), Diplomada en Reforma Penal y Política Criminal -UFLO y Diplomada Iberoamericana de Prácticas y Modelos Restaurativos en diferentes contextos: comunitaria, familiar, penal y barrial -UNLZ (Argentina)

Conferencista Internacional.

Articulista con publicaciones en  Editorial y Librería Hammurabi, Editorial  Noveduc del Centro de Publicaciones Educativas y Material Didáctico SRL, Editorial  Ad-Hoc SRL y  Rubinzal Culzoni Editores

Columnista Estable de Revistas Jurídicas: Revista Federal de Derecho (Argentina), Revista Iberoamericana Derecho, Cultura y Ambiente (Argentina), LAW&TRENDS (España), LWYR MAGAZINE (Chile),

Columnista Colaboradora en Revistas on line: Pensamiento Penal de la Asociación Pensamiento Penal.

Participación en coautoría junto a otros especialistas en la obra titulada “Régimen Procesal Penal Juvenil Ley 2451, comentada” Ed. Jusbaires .

Participación en coautoría junto a otros especialistas en el Proyecto de Ley “Violencia Vicaria”, modificaciones a la Ley 26485.

Miembro CiDEJ ( Colegio Internacional de Estudios Jurídicos de Excelencia Ejecutiva) Capitulo Argentina

 

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1 Comentario

  1. Andrea Milena Tamara Britez

    Muy buen articulo,
    suMamarte interesante

    Responder

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